El Supremo niega abuso de posición dominante en sanciones tributarias

El Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, ha desestimado un recurso de revisión presentado contra una sentencia firme que confirmaba liquidaciones y sanciones de la Agencia Tributaria por IVA de los ejercicios 2010 y 2011. La decisión destaca el carácter extraordinario de este recurso y confirma que no existió fraude procesal ni abuso de posición dominante por parte de la Administración.
Liquidaciones de IVA y sanciones confirmadas
La Agencia Tributaria sancionó a la empresa por deducir cuotas de IVA soportado mediante facturas que no acreditaban operaciones reales. El Tribunal Supremo considera que hubo culpabilidad en la actuación de la sociedad y ratifica las sanciones impuestas, al entender que la facturación era ficticia.
Recurso de revisión: límites estrictos
El recurso de revisión no permite reabrir un proceso ni reinterpretar pruebas ya valoradas. Solo puede prosperar si aparecen documentos recobrados decisivos o si se demuestra una maquinación fraudulenta.
En este caso, la empresa presentó nuevas facturas para justificar operaciones, pero el Tribunal concluyó que:
- No se acreditó por qué no se aportaron en el procedimiento original.
- No eran decisivas, pues uno de los proveedores había sido condenado por falsedad y delitos contra la Hacienda Pública.
- Las contradicciones con otras resoluciones derivaban de defectos administrativos, no de las facturas presentadas.
Abuso de posición dominante: el Tribunal lo descarta
La parte recurrente alegó que la Agencia Tributaria incurrió en abuso de posición dominante, impidiendo una defensa adecuada. Sin embargo, el Tribunal Supremo rechazó el argumento al no existir pruebas de fraude ni de maniobras dolosas.
Para que exista abuso de posición dominante en el ámbito tributario, la Administración debería haber utilizado su poder de manera arbitraria, restringiendo los derechos de los contribuyentes. En este caso, el Supremo declaró que la actuación de la AEAT fue conforme a la ley y sin excesos.
Fallo del Tribunal Supremo
El Alto Tribunal desestima íntegramente el recurso, impone las costas procesales a la parte recurrente con un límite de 3.000 euros más IVA y confirma la pérdida del depósito. Con ello, se confirma la validez de las sanciones y se descarta de manera definitiva la existencia de abuso de posición dominante por parte de la Administración.